Facebook Twitter Webmail Google + wifi Mapa del Sitio
Senado aprueba proyecto de ley antidiscriminaci...
Luego de una discusión de cerca de dos horas, la Sala del Senado aprobó el proyecto...
Donación de órganos en Chile aument...
La donación de órganos en Chile aumentó 65 por ciento en el periodo de enero...
Sismo 5,2 Richter afectó a Isla de...
Un sismo de 5.2º en la escala de Richter se sintió esta noche en la Isla de Pascua...
Ver anteriores...

Proyectos

Descripción pormenorizada y geolocalizada de proyectos de inversión para el desarrollo de la Leer Más

Denuncias

Una forma confidencial, rápida y segura de hacernos llegar tus Leer Más

Noticias Educación

Desde la sala cuna al preuniversitario, educación 100% nutritiva y con sabor a Leer Más

Zona multimedia

Sección de Videos Mejillones Televisión Canal Leer Más

Desarrollo social

Programas y beneficios sociales administrados y ejecutados por la Dirección de Desarrollo Leer Más

Deporte, recreación

Compromiso permanente con el desarrollo de la práctica Leer Más

Trámites online

Descripción de todos los trámites que ofrece nuestro Leer Más

Desarrollo Urbano

Plan Regulador Comunal de Mejillones, normativas y aspectos relevantes de la evolución urbana de la Leer Más

Mejillones Seguro

Iniciativas y campañas organizadas por la Oficina de Seguridad Pública, en alianza con la comunidad y las Leer Más

Patrimonio

 Monumentos nacionales, lugares de valor patrimonial, atractivos turísticos y eventos culturales de Leer Más

Proyectos

Descripción pormenorizada y geolocalizada de proyectos de inversión para el desarrollo de la Leer Más

Denuncias

Una forma confidencial, rápida y segura de hacernos llegar tus Leer Más

Administrador

1Comentarios

Sr. José Miguel Latorre Ludueña
Correo: jmlatorre@mejillones.cl
Fono: 55-557342-55-557300
Dirección: Francisco Antonio Pinto Nº 200 – Mejillones

 

Funciones:

ARTÍCULO 9º El  Administrador Municipal depende directamente del Alcalde y tendrá las siguientes funciones:

a)    Colaborar con el Alcalde en las tareas de coordinación y gestión permanente de  todas las direcciones municipales, de acuerdo a las instrucciones que aquel le imparta.

b)   Colaborar con el Alcalde en la elaboración y seguimiento de las diferentes herramientas de planificación de la gestión  anual municipal.

c)    Presidir del Comité Técnico Administrativo.

d)   Ejercer las atribuciones que le delegue  expresamente el Alcalde, en conformidad con la Ley y las demás funciones que se le encomienden en este Reglamento.

Para el cumplimiento de sus funciones, el Administrador Municipal podrá tener el apoyo administrativo, técnico y profesional que le asigne el Alcalde.

 

Funciones de Coordinación:

a)    Coordinar las acciones municipales en que deban intervenir sus distintas Direcciones, incluyendo los servicios incorporados a la Gestión, y aquellas en  que deban intervenir otros órganos públicos o privados ajenos al Municipio.

b)   Los Directores Municipales deberán informar oportunamente al Administrador Municipal, de aquellas acciones que emprendan y que involucren a otras Direcciones Municipales o a otros órganos ajenos al Municipio, con el objeto de que aquél  asuma la coordinación y otorgare las facilidades que se requiera.

c)    Convocar y citar a reunión a cualquier funcionario municipal,  debiendo estos informar a su Jefe Directo, con excepción del Alcalde, a reuniones de coordinación en la municipalidad u otro lugar de la comuna que estime indispensable e invitar a los representantes de los otros órganos ajenos al Municipio.

d)   Impartir instrucciones escritas y/o verbales a los Distintos Directores Municipales, destinados a hacer efectivo el cumplimiento de las acciones municipales.

e)    Deberá asistir a cualquier  acto o reunión a que sea citado por el señor Alcalde.

Funciones Gestión Municipal:

 

a)                Velar porque las Direcciones Municipales den adecuado cumplimiento a la gestión que le corresponda de acuerdo con las políticas, planes, programas y  procedimientos de control  interno establecidos por el Municipio, como asimismo, velar porque las Direcciones den oportuno y fiel cumplimiento a las  órdenes e instrucciones que imparta el alcalde y a los acuerdos del Honorable Concejo Municipal, conforme se le ordene  el señor Alcalde.

b)               Presidir y coordinar el funcionamiento del Comité Técnico Administrativo.

c)                Adoptar las providencias necesarias para el adecuado cumplimiento de las políticas, planes, programas y proyectos municipales, que se relacionen con la gestión interna del Municipio.

d)               Desarrollar con las unidades correspondientes, la elaboración de los instrumentos de gestión municipal,  y formulación de políticas de gestión  interna para alcanzar adecuados niveles de funcionamiento del Municipio integralmente.

e)                Realizar labores de articulación de equipos de trabajo, y participar en la elaboración de los planes de capacitación del personal.

f)                 Analizar las instrucciones, Reglamentos, Manuales de Organización, Procedimientos y Descripción de Cargos escritos, a fin de verificar su utilidad  y actualización, de acuerdo a la normativa legal vigente.   En caso de no contar con estos instrumentos, deberá desarrollarlos con la colaboración respectiva.

g)               Estudiar con las direcciones que correspondan, las modificaciones o nuevas de ordenanzas municipales que el municipio requiera.

h)               Estudiar conjuntamente con las direcciones que corresponda, la contratación de servicios que se requieran para el funcionamiento del Municipio.

i)                 Coordinar y controlar los planes y programas de fiscalización en materiales de Tránsito, obras, Aseo y Ornato, Patentes Comerciales, industriales, Profesionales y de Alcoholes.

j)                 Administración integral de edificios: Municipal, DEDECO, Dirección de Tránsito y Licencias, Casa de la Juventud.

k)               Representar al Director respectivo, de cualquier incumplimiento de demora que detecte en relación con su gestión e informar de ello al señor Alcalde.

l)                 Velar porque las  direcciones a quienes legalmente corresponde ejecuten y mantengan al día, el Plan de Desarrollo Comunal.

m)            Preparar la cuenta pública que, de acuerdo con el artículo 67, de la Ley Nº18.965, debe dar el señor Alcalde al Honorable Concejo Municipal, para lo cual las Direcciones Municipales deberán proporcionar toda la información que requiera.

n)               Definir por Orden del Alcalde las contrataciones de servicios o ejecución de obras.

o)               Conocer y preparar en conjunto con las direcciones que corresponda, las concesiones municipales que requieran acuerdo del  Honorable Concejo Municipal.

p)               Visar todas las modificaciones presupuestarias que se requieran, para adecuar los presupuestos de la Municipalidad y de Servicios Incorporados a su Gestión.

ARTÍCULO 10º El Administrador Municipal tiene además las siguientes funciones específicas:

Para el cumplimiento de sus funciones, el Administrador Municipal podrá tener el apoyo administrativo, técnico y profesional que le asigne el Alcalde.

Funciones  Delegadas por el Alcalde:

Al Administrador Municipal le corresponderá ejercer las siguientes atribuciones que por este acto y mediante este instrumento, a continuación   le delega el Alcalde:

a)                Firmar por orden del Alcalde, todos los Decretos de Pagos y cheques de la Municipalidad.

b)               Firmar por orden del Alcalde, todos los informes contables y presupuestarios que se envíen a la Contraloría General de la República.

c)                Firmar por orden del Alcalde, todos los Decretos Alcaldicios sobre modificaciones presupuestarias.

d)               Firman por orden del Alcalde, los Decretos Alcaldicios que aprueban contrato para ocupar a cualquier  título bienes de propiedad municipal, cuando corresponda.

e)                Firmar por orden del Alcalde, todos los Decretos Alcaldicios que autoricen contratación directa.

f)                 Firmar por orden del Alcalde, todos los Decretos Alcaldicios que aprueben recepciones provisorias y definitivas de obras municipales y de los que aprueban contratos relativos a éstos.

g)               Firmar por orden del Alcalde, todos los Decretos Alcaldicios referidos a feriados legales, permisos administrativos con goce de remuneraciones, comisiones de servicios en el país y licencias médicas de los Directores Municipales.

mejillonestransparencia
banner_bahia(1)
mejillonesbomberos
bannet tv2
cartelera
mejillonessms2-300x275
images
Gigantografia  4 X 4 (MUESTRA)
banner verificacion
radio
gal
turismo